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INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS I.T.E. DE SEVILLA
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¬ PLAZOS
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¿CUÁNDO TIENE QUE PASAR LA ITE?
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La ITE la tienen que pasar todas las edificaciones con independencia de su uso o destino. Para los edificios existentes el primer informe se entregará según los siguientes plazos:
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a) Edificios protegidos o construidos antes del año 1929, hasta el 6 de noviembre de 2009.
b) Edificios construidos desde 1930 a 1979, hasta el 6 de julio de 2012.
c) Edificios construidos desde 1980 a 1994, hasta el 6 de julio de 2014.
d) Los edificios cuyo año de construcción sea posterior a 1994, dentro del año siguiente a aquel en que cumplan 20 años de antigüedad.
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La ITE deberá renovarse periódicamente dentro del año siguiente a aquel en que hayan transcurridos 10 años desde el vencimiento del plazo en el que debió presentarse la anterior.
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¬ TARIFAS
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¬ ITEs REALIZADAS
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Información y consultas: ite@cgestudioarquitectura.com